Una de las consecuencias más relevantes de la reciente sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que condenó a dos cadenas de farmacias por colusión y les aplicó una multa a beneficio fiscal por 19 millones de dólares a cada una, es la discusión que se ha abierto en torno a si los consumidores tienen derecho a ser indemnizados por los mayores precios que en su momento pagaron como consecuencia de dicha colusión.
El DL N° 211, de 1973, sobre defensa de la libre competencia, tutela un bien jurídico específico, la libre competencia. En términos generales, frente a las infracciones el TDLC puede aplicar las siguientes medidas-sanciones: modificar o poner término a todo acto o contrato; ordenar la modificación o disolución de sociedades, y ordenar la aplicación de multas a beneficio fiscal hasta por 30 mil unidades tributarias anuales en casos graves.
Para los consumidores de un mercado específico en el que se ha cometido una infracción, eso pudiera parecer insuficiente y hasta injusto, pues el campo de las indemnizaciones queda entregado a las engorrosas reglas generales de la legislación civil. Por lo anterior, el Sernac está considerando la presentación de una demanda colectiva por vulneración al interés colectivo o difuso de los consumidores, por inobservancia de la Ley de Protección del Consumidor.
Desde la perspectiva jurídica, más allá de los fundamentos que pueda invocar el Sernac en la demanda colectiva y del éxito de tal estrategia, en la comisión asesora presidencial que está estudiando perfeccionamientos a la institucionalidad de libre competencia se ha planteado la posibilidad de reformar el DL N° 211 de modo que establezca indemnizaciones para los consumidores afectados. Es una opción que cabe considerar.
Pero algunos han llegado más lejos y postulan la fijación de una banda de precios para medicamentos, lo que significaría un muy negativo retroceso a viejas políticas que invariablemente se probaron contraproducentes y fracasaron en nuestro país y en la experiencia mundial.
A todo evento, la estrategia del Sernac deberá ser técnicamente rigurosa. Es de tener presente que agencias públicas como esta suelen ser independientes del gobierno de turno en los países más desarrollados, precisamente para no ser utilizadas ni interpretadas como instrumento de persecución de fines políticos de corto plazo.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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